Dominio

Dominio en Ecuador en Ecuador

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Derechos Reales de Dominio

El derecho real de dominio es la potestad o señorío que tiene una persona sobre una cosa corporal determinada para usar, gozar y disponer a su arbitrio, con las limitaciones de la ley, el interés general, social, ambiental y público. (Arts. 66.26 y 321 Const.) Este derecho cuando es perfecto y completo encierra todos los otros derechos reales que son simples emanaciones de éste.

nuestra (Ecuador) legislación usa como sinónimos al dominio y a la propiedad, pero esta última, tiene una aplicación más amplia porque abarca otros bienes y derechos como la propiedad intelectual, artística o industrial, mientras el dominio se contrae a la titularidad sobre un bien corporal.

«La propiedad», como derecho subjetivo privado, cumple con la función de dar al individuo la posibilidad de procurarse los medios económicos para desplegar su propia personalidad humana». Según Vittorio Scialoja, es el derecho real en virtud del cual una cosa, como pertenencia de una persona, está enteramente sujeta a su voluntad dentro de los límites provenientes de la ley o de la concurrencia de derechos ajenos.»

En la doctrina y en la legislación se han producido intensas discusiones sobre la terminología de las cosas, así, según el profesor Arturo Valencia Zea, «Las cosas, además de su corporeidad y de su apropiación, han de reunir el requisito de una existencia autónoma e individualizada» ; mientras los bienes, son o pueden ser objetos «susceptibles de procurar al hombre una utilidad exclusiva y de llegar a ser objeto de un derecho de propiedad».

Si bien todos los bienes son cosas, no todas las cosas son bienes v. gr. El aire, el sol, etc. Los bienes son valores agregados a las cosas y éstas son todo aquello que existe, independientemente de su utilidad jurídica.

Tampoco son bienes los derechos porque en éstos se incluyen ciertos atributos que no siempre prestan una utilidad o que mantienen la dependencia respecto de una persona, v. gr. La patria potestad y el honor.

La palabra bienes propiamente no se registra en los códigos civiles, más bien se refiere a cosas, como concepto opuesto de personas y para comprender las más variadas realidades imaginarias al margen de que sean susceptibles o no de apropiación.

Guía sobre Objetos del Derecho Civil

Con el propósito de mostrar cierto contexto a esta voz, se ofrecen a continuación algunas de las cuestiones en Derecho civil de Ecuador relacionados con el tema principal:

  • Administración del Edificio
  • Carga Real
  • Derecho de Uso
  • Derechos Reales
  • Fideicomiso Civil
  • Herencia
  • Hipoteca
  • Patrimonio Familiar
  • Propiedad Horizontal
  • Registro
  • TradiciónUsufructo

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