Solemnidades

Solemnidades en Ecuador en Ecuador

[aioseo_breadcrumbs]

Solemnidades y Formalidades

Hay que tener presente que el acto o negocio jurídico, es la manifestación de voluntad, protegida por el ordenamiento jurídico, que se verifica con la intención de producir consecuencias jurídicas, vale decir, la creación, la modificación o la extinción de un derecho subjetivo.

La llamada teoría de los actos jurídicos, se basa en la presencia de dos grupos de requisitos. Por una parte, se encontrarían los requisitos de existencia del acto, y por la otra, los requisitos de validez de los mismos. Existe unanimidad en la doctrina, al plantear la necesidad de distinguir entre ambas clases de requisitos. Sin embargo, a la hora de establecer cuáles son requisitos de existencia y cuáles son de validez, surgen las discrepancias. Las mayores divergencias doctrinales, se evidencian a la hora de establecer las consecuencias jurídicas (sanciones) frente a la omisión de uno o de otro tipo de requisito

La ley se encarga de reglamentar las relaciones jurídicas que pueden producirse entre los individuos, por lo que con este fin y con el propósito de que no se produzca abusos ni injusticias, protege a las personas que intervienen mediante los «actos jurídicos», para lo cual ha establecido una serie de requisitos en la celebración de tales actos, requisitos que si no concurren acarrean la sanción de nulidad del acto.

Los actos y contratos se presumen válidos mientras no se demuestre que son nulos; se debe probar la nulidad y ser declarada por un juez.

En el derecho contractual moderno, predomina el consensualismo sobre el formalismo, aunque por otro lado, el legislador ha querido que subsista al lado de estos «la solemnidad» para muy contados actos jurídicos, de modo que la solemnidad aparece hoy en día, como excepción de las excepciones, si así pudiéramos calificarla. En este orden de ideas tenemos que, la solemnidad es la formalidad exigida por la ley para que el acto jurídico nazca a la vida del derecho; es la manera como se expresa la voluntad para el perfeccionamiento del acto jurídico.

Según Sanromán Aranda la solemnidad «es aquella en la que se emplean términos ceremoniosos, o cuando se realiza el acto ante un funcionario público. Por su parte, Ernesto Gutiérrez y González señala que «la solemnidad es el conjunto de elementos de carácter exterior, sensibles en que se plasma la voluntad de los que contratan, y que la ley exige para la existencia del acto.

La solemnidad se presenta ocasionalmente, cuando para la constitución del acto jurídico la ley requiera del pronunciamiento de frases sacramentales, y/o prácticas rituales y/o de la intervención de un funcionario que sancione el acto jurídico. Los casos en los que se exige éste requisito esencial, son por lo general de suma trascendencia social, actos jurídicos del derecho de familia como el matrimonio, la adopción por citar algunos. Se les identifica como solemnes, no porque la ley así los califique con la expresión de «solemnes», sino más bien porque para su creación o perfeccionamiento, requieren la observancia de esa formalidad conocida como «solemnidad», la llamada forma «ad solemnitatem causa», o «formalidad ad sustantiam», que como es una forma constitutiva sin la cual el acto jurídico no nace; en estos casos, la forma es más que un simple elemento probatorio. Algunos actos son solemnes porque sin la voluntad del estado a través de la autorización del funcionario que la ley establece no existirían, tal es el caso del divorcio, la adopción, el matrimonio, en los que no basta la voluntad de las partes, ni el objeto posible, pues requieren además, la sanción o autorización del Estado.

Se ha llegado a afirmar que no existen los contratos solemnes. Según Javier Martínez Alarcón, «la solemnidad no se incluye como elemento esencial de los contratos, pero sí se contempla como tal cuando se refiere al acto jurídico.

Guía sobre Derecho de Familia

Con el propósito de mostrar cierto contexto a esta entrada, se ofrecen aquí algunas de las cuestiones principales relacionados con el Derecho de Familia en Ecuador:

  • Albaceas o Ejecutores Testamentarios
  • Arrendamiento
  • Beneficio de Inventario
  • Consentimiento
  • Contrato de Compraventa
  • Dación en Pago
  • Derecho de Herencia
  • Disolución de la Sociedad
  • Disolución y Liquidación de la Sociedad Conyugal
  • Donación
  • Donaciones Irrevocables entre Vivos
  • Donaciones por Causa de Matrimonio (Revocables)
  • Donaciones por Causa de Muerte (Revocables)
  • Efectos Patrimoniales
  • El Mandato
  • Instrumentos Públicos y Privados
  • La Capacidad
  • Matrimonio y Divorcio
  • Mora
  • Nulidad
  • Objeto Lícito y Causa Lícita
  • Obligaciones y Contratos
  • Partición de Bienes
  • Posesión Efectiva de los Bienes Hereditarios
  • Prescripción
  • Sociedad Civil
  • Solemnidades y Formalidades
  • Sucesión Forzosa
  • Sucesión por Causa de Muerte
  • Unión de Hecho

Deja un comentario