Clases de Documentos: en Ecuador en Ecuador
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Clases de Instrumentos
Se admiten varias formas de clasificar
POR SU NATURALEZA
Representativos (planos, dibujos, cuadros, fotografías)
Puros: contienen declaración de
Declarativos (escritos, ciencia y dispositivos constitutivos
videograbaciones, discos cuando contienen actos de voluntad
De contenido confesorio y de contenido testimonial
Simplemente narrativos: si no contienen declaración alguna
Figurativos, si representan pero no describen (fotografías)
POR SU OBJETO
Origen negocial
Simplemente probatorios
Constitutivos de relaciones jurídica
POR SU EFICACIA Y FUERZA PROBATORIA
Auténticos o legítimos
No auténticos o no legítimos
POR SU ORIGEN
públicos
privados
DIFERENCIA ENTRE DOCUMENTO E INSTRUMENTO
Documento es todo objeto, producto de un acto humano, que represente a otro hecho o a un objeto, una persona o una escena natural o humana; los instrumentos son una de las varias especies de documentos, que consisten en escritos públicos o privados, auténticos o sin autenticidad
INSTRUMENTO PÚBLICO
Definición: Es el autorizado con las solemnidades legales por el competente servidora o servidor. Si fuere otorgado ante notario e incorporado en el protocolo o registro público se llama escritura pública
Se consideran también instrumentos públicos los mensajes de datos otorgados, conferidos, autorizados o expedidos por y ante autoridad competente y firmados electrónicamente
El artículo 165 aclara que son instrumentos públicos los autorizados en debida forma por las personas encargadas de los asuntos correspondientes a su cargo o empleo, como los diplomas, decretos, mandatos, edictos, provisiones, requisitorias, exhortos u otras providencias expedidas por la autoridad competente, las certificaciones, copias o testimonios de una actuación o procedimiento gubernativo o judicial, dados por el secretario respectivo, con decreto superior, y los escritos en que se exponen los actos ejecutados o los convenidos celebrados ante notarios, con arreglo a la ley, los asientos de los libros y otras actuaciones de los funcionarios y servidoras o servidores del Estado o de cualquiera otra institución del sector público, los asientos de los libros y registros parroquiales, los libros y registros de los tenientes políticos y de otras personas facultadas por la ley.
En consecuencia los instrumentos públicos no provienen únicamente de las instituciones del sector público sino que son los autorizados por personas encargadas de los asuntos correspondientes a su cargo o empleo, tal ocurre, por ejemplo, con los títulos de grado conferidos por colegios privados
Guía sobre Instrumentos Públicos y Privados en Derecho Ecuatoriano
Con el objeto de ofrecer un contexto a esta entrada, se ofrece aquí los puntos en Derecho civil ecuatoriano relacionados con el tema principal:
- Instrumentos Públicos y Privados
- Naturaleza jurídica de los Instrumentos Públicos y Privados
- Funciones de los Instrumentos Públicos y Privados
- Características de los Instrumentos Públicos y Privados
- Clases de Instrumentos
- Efectos de los Instrumentos Públicos y Privados
- Eficacia Probatoria de los Instrumentos Públicos y Privados
- Instrumentos Auténticos
- Presunción de autenticidad de los Instrumentos Públicos y Privados
- Ley Extranjera en los Instrumentos Públicos y Privados
- Autenticación de instrumentos públicos otorgados en el extranjero
- Autenticación de instrumentos públicos otorgados en el extranjero. Definición de Apostilla
- Inscripción de documentos otorgados en el extranjero
- Definición de Instrumento Privado
- Eficacia probatoria de los Instrumentos Privados