Procedimiento Registral

Procedimiento Registral en Ecuador en Ecuador

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El procedimiento Registral en el Derecho Civil

El procedimiento Registral está «constituido por el conjunto de actividades que tiene lugar desde que alguien solicita la práctica de un asiento hasta que ésta se realiza o se deniega por el registrador».[27]

Guía sobre el Registro

Con el propósito de mostrar cierto contexto a esta voz, se ofrecen a continuación algunas de las cuestiones en Derecho civil de Ecuador relacionados con el tema principal:

  • El Registro en el Derecho Civil
  • Folio Personal en el Derecho Registral Civil
  • Folio Real en el Derecho Registral Civil
  • Folio Cronológico en el Derecho Registral Civil
  • Importancia del Registro en el Derecho Civil
  • Cierre Registral en el Derecho Civil
  • Asiento de Cancelación en el Derecho Registral Civil
  • El procedimiento Registral en el Derecho Civil
  • Modificaciones formales de las fincas en el Derecho Registral Civil

3 comentarios en «Procedimiento Registral»

  1. En un condominio el presidente quiere cambiar el valor de alícuota a los departamentos de la planta baja sin llamar a reunión de la directiva, al señor le parece que todos deben pagar por igual. Mi pregunta es los departamentos de planta baja pagan igual que los de planta alta? Cuál es el porcentaje que se designa, ya que considero que el uso de ascensor, consumo de luz del mismo, alumbrado y mantenimiento de escaleras y pasillos de planta alta no nos corresponde. Gracias

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    • TODOS los servicios comunales deben ser pagados por todos los copropietarios eso esta en la ley si usted no los utiliza ya es indiferente. La alícuota es dada por el porcentaje que le asignaron a su departamento de acuerdo al área habitable, bodegas, parqueaderos, jardin. La ley esta escrita justamente para evitar que las personas «crean» que eso no les corresponde porque asi como usted cree que no debe pagar ascensor otra persona puede creer que no debe pagar al conserje porque el mismo va a limpiar su espacio, si todos deciden que deben o no pagar sería una selva vivir en propiedad horizontal.

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  2. segun la ley de propiedad horizontal los valores los determina la asamblea general de copropietarios en funcion del presupuesto aprobado y de la siguiente manera:
    Art. 27.- Pago de las expensas ordinarias de los bienes
    comunes generales e individuales.- Si el inmueble constituido en
    condominio o declarado en propiedad horizontal, se encuentra
    constituido por dos o más torres, bloques o conjuntos de vivienda o
    de comercio, el pago de las expensas ordinarias para los bienes
    comunes generales será de cuenta de todos los copropietarios en
    proporción a la alícuota que mantengan sobre éstos.
    En cuanto al pago de las expensas comunes individuales, para su
    administración, conservación y mejoramiento, serán de cuenta única
    y exclusivamente de los copropietarios de cada torre, bloque o
    conjunto, tomando en consideración la propiedad de la alícuota que
    cada uno de ellos mantenga sobre dichos bienes comunes
    individuales y que consten detallados en la respectiva Declaratoria
    de Propiedad Horizontal.
    Art. 28.- Déficit presupuestario.- Cuando el presupuesto
    acordado por la Asamblea de Copropietarios, resulte insuficiente
    para satisfacer los gastos de administración, mantenimiento y
    mejora de los bienes comunes, se convocará a una Asamblea
    Extraordinaria en la que se acordarán los ajustes requeridos y se
    fijarán las nuevas cuotas a pagar por cada uno de los copropietarios,
    las que serán exigibles a partir del mes inmediato posterior.
    Art. 29.- Expensas extraordinarias.- Expensas extraordinarias
    son las que fije la Asamblea de Copropietarios para obras
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    ocasionales emergentes o inversiones en el inmueble en propiedad
    horizontal, y no se destinarán para cubrir expensas ordinarias.

    El presidente NO puede determinar el vaor de la alicuota y si deben subir para poder realizar obras que son necesarias debe hacerse en base a un presupuesto y a la alicuota a todos los copropietarios y como una alicota extraordinaria ue tambien debe ser aprobada en asamblea.

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